Delito de amenazas: tipos, penas y amenazas por WhatsApp (arts. 169-171 CP)

Móvil con mensajes intimidatorios junto a una denuncia: amenazas por WhatsApp como delito de amenazas

El delito de amenazas es uno de los más denunciados en los juzgados, sobre todo desde que buena parte de las discusiones se trasladan al móvil. Pero no toda frase desafortunada es delito. En esta guía te explicamos qué tipos de amenazas hay, qué penas tienen, cómo se prueban y en qué se diferencian de las coacciones.

¿Qué es el delito de amenazas?

Hay delito de amenazas cuando alguien anuncia a otra persona, de forma seria y creíble, que va a causarle un mal a ella, a su familia o a personas cercanas. Lo que se protege es la tranquilidad y la libertad de la víctima: no hace falta que el mal llegue a producirse, basta con que la amenaza sea idónea para intimidar.

Los tribunales valoran el contexto: quién la hace, cómo, en qué momento y si la víctima tenía motivos para tomársela en serio. Una frase dicha en caliente durante una discusión puede quedarse en amenaza leve o incluso no ser delito.

Tipos de delito de amenazas y sus penas

El Código Penal distingue las amenazas según el mal anunciado y según si se exige algo a cambio (amenaza condicional):

Tipo de amenazaArtículoPena
De un mal que es delito, con condición, si se consigue lo exigido169.1 CPPrisión de 1 a 5 años
De un mal que es delito, con condición, si no se consigue169.1 CPPrisión de 6 meses a 3 años
De un mal que es delito, sin condición169.2 CPPrisión de 6 meses a 2 años
De un mal que no es delito, con condición171.1 CPPrisión de 3 meses a 1 año o multa de 6 a 24 meses
Amenazas leves171.7 CPMulta de 1 a 3 meses; solo con denuncia de la víctima
Amenazas leves a la pareja o expareja171.4 CPPrisión de 6 meses a 1 año o trabajos en beneficio de la comunidad

En las amenazas condicionales de un mal que es delito, la pena se impone en su mitad superior si se hacen por escrito, por teléfono o por cualquier medio de comunicación. El chantaje, es decir, amenazar con revelar información para exigir dinero, también está castigado en el artículo 171.

Amenazas por WhatsApp y redes sociales

Las amenazas por WhatsApp, mensajes, correo o redes sociales son delito igual que las presenciales y, además, son más fáciles de probar. Para denunciarlas:

  • No borres los mensajes ni bloquees antes de guardar las pruebas.
  • Haz capturas de pantalla en las que se vea el número o el perfil y la fecha.
  • Conserva el teléfono: el juzgado puede pedir el cotejo de los mensajes originales.
  • Valora un acta notarial o un informe pericial si las amenazas son graves.

Ojo con denunciar amenazas que no se han producido: acusar falsamente es otro delito. Lo explicamos en ¿es delito acusar a alguien sin pruebas?

Diferencia entre el delito de amenazas y el de coacciones

Las amenazas anuncian un mal futuro. Las coacciones imponen o impiden una conducta en el momento, con violencia. «Te voy a quemar el coche» es una amenaza; impedirte salir de casa bloqueando la puerta es una coacción. Te lo contamos en detalle en el artículo sobre el delito de coacciones.

Cómo se denuncia y cómo se defiende

La denuncia puede presentarse en comisaría, en el cuartel de la Guardia Civil o en el juzgado de guardia. En amenazas a la pareja o expareja, el juez puede acordar una orden de alejamiento; te explicamos cómo se vigila una orden de alejamiento.

En la defensa, lo habitual es discutir la seriedad de la amenaza, el contexto en que se produjo o la autoría de los mensajes. Las amenazas del artículo 169 prescriben a los cinco años y las leves, al año. Si estás en esta situación en Granada, contacta con nuestro despacho de abogado penalista en Granada.

Preguntas frecuentes

¿Qué pena tiene el delito de amenazas?

Depende del tipo: desde una multa de uno a tres meses en las amenazas leves hasta cinco años de prisión en las amenazas condicionales graves en las que el autor consigue lo que exigía.

¿Las amenazas por WhatsApp son delito?

Sí. Son delito igual que las presenciales y, en las amenazas condicionales graves, el uso de un medio de comunicación agrava la pena. Hay que conservar los mensajes y el teléfono como prueba.

¿Qué se considera una amenaza leve?

Una amenaza de poca entidad o dicha en un contexto que resta seriedad. Se castiga con multa de uno a tres meses y solo se persigue si la víctima denuncia, salvo en el ámbito de la pareja.

¿Cuál es la diferencia entre amenazas y coacciones?

Las amenazas anuncian un mal futuro para intimidar. Las coacciones usan la violencia en el momento para impedir u obligar a hacer algo.

Autor

  • Ernesto Manzano

    Abogado penalista y socio fundador de Velante Abogados Penalistas S.L.P. Con más de una década de experiencia en defensa penal, derecho penal económico y litigación, ejerce desde Granada con cobertura en toda Andalucía. Director del Curso de Litigación Penal del ICA Granada y la Universidad de Granada. Presidente de la Junta Directiva del Grupo de Abogados Jóvenes del ICA Granada.

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